FONDO DE ASISTENCIA PROFESIONAL
NORMAS PARA CONOCIMIENTO DE LOS MEDICOS
Estimado Colega:
Reiteramos una vez más que el Colegio de Médicos, Distrito II, no tiene un seguro colectivo sino un fondo de asistencia profesional, creado por el Decreto Ley 5413/58.
En la Asamblea Anual realizada el sábado 25 de junio de 2023 se aprobó el Reglamento del Fondo de Asistencia Solidario. Los puntos más importantes son los siguientes:
Estar al día con los pagos de la matrícula.
Una vez recibida la notificación de cualquier demanda penal o civil, concurrir o comunicarse con este Colegio de Médicos, Distrito II, en un plazo no mayor de 48 horas de recibida dicha notificación.
El radio de cobertura comprende los ámbitos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Distritos I, III y IV del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires.
El tope indemnizatorio por demanda será la suma de hasta $ 20.000.000 (pesos veinte millones) los que serán actualizados de ser necesario por el Consejo Directivo.
Los profesionales matriculados en otros distritos que se matriculen en nuestro Distrito II, gozarán del F.A.P. (Fondo de Ayuda profesional) únicamente durante los primeros 5 (cinco) años. Luego de este lapso tendrán derecho al Fondo de Ayuda Solidario (F.A.S.)
Nueva Sección
Para mantenerlos informados con las últimas novedades respecto al colegio y el hámbito de la medicina, nos complace invitarlos a conocer la nueva sección de Actualidad.
Allí podrá encontrar Noticias, Innformación sobre Cursos, Bolsa de Trabajo y mucho más.
Si usted no recuerda su contraseña, por favor, ingrese su email, seguido de su Nº de matrícula y le llegará un correo electrónico informando
la misma.
ESEM
Redidencias
Nuestra Escuela Superior de Educación Médica tiene un sistema de residencias que se realizan en Sanatorios y Clínicas privadas del Distrito de acuerdo a la Reglamentación General del Sistema de Residencias Médicas de la Provincia de Buenos Aires.